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JOVEN ABOGADO QUE HIZO RETROCEDER DECISION DE CUESTIONADO ALCALDE PRESENTANDO EL PEDIDO DE HABEAS CORPUS ES DEL DISTRITO AQUIJEÑO

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DAVID CONTRA GOLIAT

La demanda constitucional de HABEAS CORPUS interpuesto por el ABOGADO JOSE MANUEL MORON MENDOZA natural del distrito de los Aquijes en contra de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA representado por el Alcalde Sr. CARLOS REYES ROQUE y demás funcionarios de dicha Municipalidad, alegando la vulneración del
DERECHO A LA LIBERTAD DE TRANSITO, por haberse dispuesto el cierre del tránsito para el ingreso vehicular público y privado de la Plaza de Armas de la ciudad de Ica y vías aledañas , salió favorable al joven abogado que con tan solo 30 años de edad , y con una diploma otorgada en febrero del año 2019 , se enfrentó a los «mejores profesionales» .

EL JOVEN ABOGADO EGRESADO DE LA UNIVERSIDAD SAN LUIS GONZAGA se recibió el 12 de febrero del año 2019 según consulta a SUNEDU .

Tantos años de experiencia y sapiencia de gente de confianza de Reyes en que quedó?

Es posible que un Joven pueda mas que el pull de asesores y gerentes del municipio iqueño?

EXPEDIENTE

Mediante el  Oficio N° 1041-2023-PJUP-Exp. N° 4512-2023-0-1401-JRPE-01 remitido a la GERENCIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEICA se SOLICITÓ  INFORME sobre las ORDENANZAS Y/ODISPOSICIONES SOBRE EL CIERRE AL TRANSITO VEHICULAR POR LAS CALLES ALEDAÑAS A LA PLAZA DE ARMAS LO QUE IMPOSIBILITA EL TRANSITO A ESTE ESPACIO PUBLICO QUE MANTIENE LA MUNICIPALIDAD, el cual fue  receptado en MESA DEPARTES de la Secretaria General de la Municipalidad con fecha 02 de octubre del 2023 conforme aparece a folios 25. Sin embargo, a pesar de no haberse cumplido con el requerimiento judicial. Se estimó suficiente para emitir el pronunciamiento de fondo el contenido de la contestación de la demanda, los medios de prueba anexadas al mismo, la realización de la Inspección Judicial, los alegatos escritos presentados por el accionante y los correspondientes de la PROCURADURIA PÚBLICA MUNICIPAL donde además se presenta diversa
documentación relacionada a la medida adoptada, destacándose el DECRETO DE ALCALDIA N° 012-2023-AMPI; prescindiendo del referido informe.

“Expediente N° 6322-2005-PHC/TC (…) 3° Cabe recordar que para efectos del caso de autos que este Tribunal ha indicado en el Exp. 6322-2005-PHC/TC que “el derecho a la libertad de tránsito no comprende únicamente el desplazamiento por medios propios, sino que también incluye el desplazamiento a través de vehículos u otros medios de transporte” “Expediente N° 01794-2011-PHC/TC (…) 2° La Constitución Política del Perú establece en el artículo 2°, inciso 11) que: “Toda persona tiene derecho a: (…) 11. A elegir su lugar de residencia, a transitar por el territorio nacional y a salir de él y entrar en él, salvo limitaciones por razones de sanidad o por mandato judicial o por aplicación de la ley de extranjería”. Asimismo, en el artículo 137° de la Constitución Política se prevé la restricción o suspensión del derecho a la libertad de tránsito en caso del estado de sitio o del estado de emergencia.

3° El derecho a la libertad de tránsito es un derecho fundamental que implica la facultad que tiene toda persona de poder desplazarse libremente con absoluta discrecionalidad por todo el territorio nacional, así como salir o ingresar del territorio nacional. Sin embargo, los derechos fundamentales no son absolutos y por lo tanto se les puede establecer restricciones y para el caso del derecho a la libertad de tránsito, las restricciones que prevé la Constitución son: razones de sanidad, mandato judicial, aplicación de la Ley de extranjería y regímenes de
excepción.

Ahora bien, en cuanto a que, las señales y prohibiciones, no son respetadas,corresponde a la Autoridad Municipal y Policial hacer que estas se cumplan y respeten, caso contrario imponer las sanciones correspondientes, pero de
ninguna manera pueden constituir un fundamento valido para justificar la medida de restricción a la libertad de tránsito vehicular, como ocurre en el presente caso, debiendo de prevalecer el PRINCIPIO DE AUTORIDAD y el
ejercicio de las potestades sancionadoras de las cuales están premunidos las Autoridades Municipales y Policiales.

 

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CAYÓ EN SUBTANJALLA REQUISITORIADO POR VIOLACION SEXUAL A MENOR SUJETO EVADIA LA JUSTICIA POR AÑOS

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La detención se realizó tras un eficiente operativo liderado por comisario del distrito.
👉La Policía Nacional del distrito de Subtanjalla capturó a Jesús Manuel Cuadros Raymi, de 64 años, quien evadía la justicia durante años acusado de violación sexual a menor.
El sujeto contaba con dos requisitorias vigentes: la primera, solicitada por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Pisco con fecha 22 de junio de 2024 y expediente número 763-2023; y la segunda, emitida por el Juzgado Colegiado de Chincha con fecha 9 de octubre de 2024, ambas por delito de violación sexual a menor.
Durante la intervención, se constató que Cuadros Raymi no poseía documento de identidad actualizado y había cambiado su aspecto físico para evitar su identificación.
En un intento inicial, trató de huir, pero fue retenido oportunamente por los agentes policiales.


Tras su captura, el sujeto fue puesto a disposición de la Sección de Delitos y Faltas para continuar con las diligencias correspondientes.
La actuación rápida y coordinada de la Policía Nacional permitió poner fin a la evasión de este requisitoriado, reafirmando el compromiso de las autoridades en la lucha contra los delitos sexuales.

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PNP DESRTICULA A INTEGRANTES DE LA PRESUNTA BANDA CRIMINAL «TECHEROS DE SUBTANJALLA”

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En un operativo policial , se detuvo en flagrante delito a los ciudadanos J
osé Antonio Malqui Costa (20),
Jean Carlos Muñoz Huancahuari (26) y
Junior Luis Chávez Tenazoa (24),
presuntos integrantes de la banda criminal denominada «Techeros de Subtanjalla», «Tripita Pajarín y Huacho» fueron intervenidos mientras cometían hurto agravado e inviolabilidad de domicilio en los inmuebles del distrito de Subtanjalla.
Estas personas habrían causado terror en la zona al ingresar ilegalmente a viviendas para sustraer bienes, afectando gravemente la seguridad y tranquilidad de los vecinos.
La Policía Nacional, tras seguir de cerca sus movimientos y acciones, logró capturarlos gracias a un trabajo de inteligencia y vigilancia constante, que permitió su arresto en flagrancia.
Durante la intervención se incautaron tres equipos celulares y un vehículo de placa B9C-567, marca Brilliance, modelo Zhonghua, color rojo, que habría sido utilizado para facilitar el accionar delictivo.

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PSICÓLOGO DEL INPE ES DETENIDO EN ICA POR PRESUNTO COBRO DE S/ 1000 A INTERNO A CAMBIO DE INFORME FAVORABLE

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La investigación apunta a un presunto uso indebido del cargo para obtener beneficios económicos en perjuicio de la imparcialidad del sistema penitenciario

La intervención de un trabajador del sistema penitenciario en Ica vuelve a colocar bajo escrutinio los mecanismos de control dentro de los establecimientos carcelarios del país. El caso, que involucra a un profesional de la salud mental, surge en medio de una operación coordinada entre el Ministerio Público y la Policía Nacional, tras la detección de un presunto acto de corrupción vinculado a la emisión de informes técnicos.

El hecho se registró en los exteriores del penal Cristo Rey-Cachiche y responde a una investigación previa que apuntaba a una conducta irregular en perjuicio de un interno. La Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios desplegó acciones inmediatas tras recibir información sobre una exigencia económica que comprometía la imparcialidad de un documento clave dentro del proceso penitenciario.

Las diligencias incluyeron la participación de personal especializado y el uso de técnicas que permitieron verificar la transacción denunciada. El caso también motivó una respuesta institucional por parte del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), que anunció medidas administrativas frente a lo ocurrido.

Intervención fiscal y detención en flagrancia

El Tercer Despacho de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Ica ejecutó la detención en flagrancia de Jorge Condori, psicólogo del INPE, investigado por el presunto delito de cohecho pasivo impropio. La acción se realizó a solicitud del fiscal provincial Alexander Pérez López y la fiscal adjunta titular Rosmely Guillén Cortez, con apoyo de agentes de la Dirección Contra la Corrupción (Dircocor).

De acuerdo con las investigaciones preliminares, el trabajador exigió el pago de S/ 1000 a un interno del establecimiento penitenciario Cristo Rey-Cachiche. El monto tenía como finalidad la emisión de un informe psicológico favorable, documento que podría influir en la situación del recluso.

Durante el registro personal, las autoridades encontraron S/ 700 en efectivo. El dinero formaba parte de un procedimiento de verificación, ya que había sido previamente fotocopiado e impregnado con reactivo químico por el personal fiscal y policial. Esta técnica permitió confirmar la entrega del monto y sustentar la intervención en el momento preciso.

Alcances de la investigación preliminar

La hipótesis fiscal sostiene que el servidor público utilizó su cargo para solicitar un beneficio económico a cambio de favorecer al interno con un informe técnico. Este tipo de documentos resulta determinante dentro del sistema penitenciario, ya que influye en evaluaciones sobre beneficios, tratamientos y eventuales medidas relacionadas con la libertad.

El Ministerio Público informó que la intervención se desarrolló bajo parámetros legales que garantizan la validez de las pruebas obtenidas. La participación conjunta con la Policía Nacional permitió asegurar el registro del dinero y la detención del implicado sin vulnerar el debido proceso.

En ese contexto, la institución reafirmó su posición frente a actos de corrupción. Según se indicó en el comunicado oficial, se mantiene el compromiso de actuar ante cualquier conducta que afecte la integridad de las entidades del Estado y el sistema penitenciario.

Medidas adoptadas por el INPE

Tras la detención, el Instituto Nacional Penitenciario emitió un pronunciamiento público en el que detalló las acciones adoptadas. La institución precisó que el 15 de abril de 2026, en los exteriores del penal de Ica, se produjo la intervención del trabajador Jorge Santos Condori Castro por un presunto acto de corrupción. En el comunicado se especifica que el hecho no ocurrió dentro de las instalaciones del establecimiento.

El INPE señaló que el servidor habría solicitado dinero a la familia de un interno con el objetivo de emitir un informe que facilitaría su libertad. Frente a esta situación, se dispuso el inicio inmediato de un procedimiento disciplinario, junto con la aplicación de una medida cautelar contra el trabajador involucrado.

Además, la entidad indicó que brinda facilidades a las autoridades competentes para el desarrollo de las investigaciones. Esta colaboración busca asegurar transparencia en el proceso y contribuir con el esclarecimiento de los hechos.

Comunicado del INPEComunicado del INPE

Canales de denuncia y acciones institucionales

Como parte de su respuesta, el INPE exhortó a la ciudadanía a reportar cualquier acto irregular dentro del sistema penitenciario. La institución recordó la disponibilidad de la Línea Gratuita Anticorrupción 0800-1-5024, el correo electrónico denunciasinpe@inpe.gob.pe y la atención presencial en su sede central ubicada en el jirón Carabaya 456, en el Cercado de Lima.

El caso se mantiene en etapa de investigación, con diligencias orientadas a determinar responsabilidades y establecer las circunstancias en las que se produjo la presunta exigencia de dinero. La actuación conjunta entre fiscalía y policía continúa como parte del proceso legal correspondiente.

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